Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración de la Renta 2022.
La Seguridad Social recuerda a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), a través la cuenta de Twitter de la Revista de la Seguridad Social, que deben cumplir con la obligación de presentar la declaración de la Renta 2022. Ya es posible realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de Internet, dando inicio a la campaña de la Renta 2022.
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Para facilitar el proceso, la Agencia Tributaria ha creado un espacio específico en su sitio web para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, donde se puede encontrar información detallada sobre el tema. A continuación, se te informamos de los aspectos más relevantes de esta información para los perceptores del IMV.
Twitter de la Revista de la Seguridad Social donde se avisa a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital:
Declaración de la Renta 2022: Aspectos clave para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Si recibiste el Ingreso Mínimo Vital en 2022, debes saber que tanto los titulares del Ingreso Mínimo Vital como todos los miembros de su unidad de convivencia están obligados a presentar la declaración de la Renta, independientemente de la cantidad de sus ingresos.
Aunque el IMV es una renta exenta y la mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración pero sí deben presentarla.
Las cantidades que superen los 12.159,42 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM) sí deben declararse como rendimientos del trabajo. Si se reciben otras ayudas a colectivos en riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos, solo se debe declarar y tributar por el exceso.
En la mayoría de los casos, la declaración será sencilla y sin ingresos que añadir. Muchas veces, la cuota será cero (ni a ingresar, ni a devolver), y si no se han obtenido otras rentas, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero.
El Ingreso Mínimo Vital no otorga derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
¿Qué otras obligaciones tienen los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital además de presentar la declaración de la renta?
Además de presentar la declaración, los beneficiarios del IMV deben cumplir con otras obligaciones, como informar de cambios de domicilio, comunicar fallecimientos de miembros de la unidad de convivencia, notificar viajes de más de 90 días al extranjero y presentar el documento de identidad de todos los miembros de la unidad familiar, incluidos menores de 14 años.
¿A partir de qué fecha se tiene que presentar la declaración de la Renta 2022?
La declaración de la Renta puede presentarse desde el día 11 de abril hasta el 30 de junio a través del servicio Renta web, confirmando el borrador de manera telemática.
A partir del 3 de mayo, se puede solicitar cita previa para la presentación telefónica y, desde el 25 de mayo, para asistencia presencial. Consulta el calendario completo en la web de la AEAT.
¿Informará la Seguridad Social por media de alguna campaña informativa a los beneficiarios del IMV?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) próximamente enviará mensajes de texto (SMS) informativos a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital para recordarles la obligación de presentar la declaración de la renta.
¿Cómo se puede presentar la declaración de la Renta?
La declaración puede presentarse de diversas formas: por internet desde la web de la Agencia Tributaria, mediante la aplicación para dispositivos móviles, por teléfono con cita previa o presencialmente, también con cita previa.
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